Frente a los últimos desastres
vividos en nuestro país (terremotos, tsunamis, inundaciones, incendios
forestales, aluviones) es urgente socializar un debate nacional sobre la
formulación de una política de Gestión de Riesgo y de Reducción de Riesgo de
Desastres. Esta es una política que debe estar incorporada en la Planificación
para el Desarrollo Sostenible en Chile, en la perspectiva del enfoque de
derechos humanos, contribuyendo a
implementar una cultura de prevención de
riesgo de desastres que considere la perspectiva de género.
Es necesario que desde la Sociedad Civil
pueda incidir en las políticas públicas y contribuir a implementar una
legislación que incorporen la gestión de riesgo como eje transversal del
desarrollo, contribuyendo a la generación de un sistema de coordinación
inter-institucional, que sea eficiente y acción oportuna.
Son las organizaciones de la sociedad
civil y los organismos internacionales, con
una vasta trayectoria las que pueden colaborar a generar información dirigida a
los parlamentarios acerca de la necesidad y urgencia de establecer un Sistema
Nacional de Gestión de Riesgo y de Reducción de Riesgo de Desastres.
En este sentido es urgente implementar un
Sistema moderno y acorde con los convenios y tratados internacionales, en
especial, acuerdos asumidos en el documento orientador “Marco de Acción de
Hyogo”, Proyecto Esfera, Código de Conducta, Normas HAP.
Desde la sociedad civil se hace perentorio
desarrollar actividades de incidencia política dirigida especialmente a los
Parlamentarios, acerca de los desafíos y
perspectivas en los temas de Gestión de Riesgo de Desastres, para logra aprobar
a breve plazo una Ley que efectivamente
implemente una institucionalidad que tome en cuenta la experiencia de las instituciones y redes
relacionadas con la Prevención, Mitigación y Resiliencia.
Por otro lado, los recurrentes desastres
naturales en Chile, hacen necesario tener una amplia cobertura de la prensa y de
comunicación con información seria y responsable acerca de la trascendencia del
tema Gestión de Riesgo de Desastres.
Desde marzo de 2011 se tramita en el
Congreso, un Proyecto de Ley que crea el “Sistema Nacional de Emergencia y
Protección Civil”, el cual ha sido calificado de parcial, por expertos por no
cumplir con las exigencias internacionales ni incorporar la experiencia de
otros países con sistemas más avanzados. Actualmente el Proyecto se encuentra
en el Senado, en segundo trámite constitucional en la Comisión de Gobierno,
Descentralización y Regionalización. Es
responsabilidad de las organizaciones de la sociedad civil, el hacer valer su
voz experimentada en este tema, para finalmente lograr establecer una
legislación que instituya un Sistema
Nacional de Gestión de Riesgos que dé
cuenta que vivimos en un país tremendamente vulnerable a los desastres
naturales, pero que es necesario prevenir y aminorar sus efectos teniendo una
adecuada política.
En este sentido las Organizaciones de la
Sociedad Civil y los organismos internacionales, que poseen una amplia
experiencia en el tema, consideran que si bien el proyecto de ley es un avance
importante aún adolece de importantes falencias.
En primer lugar, el proyecto de Ley que se
tramita en el Senado debiera tomar en cuenta el lenguaje y tendencias actuales tal como lo establece el Marco de Acción de
Hyogo, y en vez habar de “protección civil”, se adoptara el concepto internacional de Reducción de Riesgo de Desastres.
Adentrándonos en el contenido del
proyecto, es importante no solo crear un Sistema sino poner el acento en que debe ser un sistema para
“Prevenir y Atender Desastres” y recuperarse de su impacto con una visión de
transformación y desarrollo. El objetivo fundamental de esta ley debe ser
evitar las pérdidas de vida, bienes sociales, económicos y ambientales.
Si bien el proyecto crea un Sistema
Nacional, el alcance y ámbito del mismo podría ampliarse de forma que delegue a
cada Ministerio las responsabilidades que le corresponde llevar a cabo en su
área de competencia en cuanto a la incorporación de la Reducción del Riesgo de Desastre
en la planificación y ejecución de su programa o plan de trabajo sectorial, así
como en la respuesta a desastres. Esto permitiría que la responsabilidad no
recaiga solamente sobre una institución, sino sobre un Sistema. En caso
contrario, se corre el riesgo de que todos los Ministerios sectoriales no se
apropien del tema y lo vean como algo ajeno, que no es de su responsabilidad
sino de la Agencia especializada.
El Sistema Nacional debe incluir de manera
preferente al nivel comunal. Si se excluye, se crea un vació con respecto a la cobertura
de todos los niveles de la división político administrativa del país. Esto no
se condice con el principio de subsidiaridad que este tipo de Ley debería
contemplar.
Igualmente debe dársele más espesor jurídico al Sistema
Nacional como ente rector y planificador, otorgársele a la Agencia Nacional
funciones ejecutoras de la política o de la Estrategia Nacional de RRD
Si bien es cierto que la Agencia es el
centro de la política de RRD, no es bueno que tenga una gran concentración de funciones, ya que
sería más eficiente otorgarle mayores responsabilidades en temas técnico científico
a las instituciones dedicas al análisis e investigación de riesgos,
estableciendo la obligación de que dichas instituciones suministren la
información científica de manera amplia y oportuna a la Agencia para la toma de
decisiones. En este ámbito, la Ley debería definir las responsabilidades y
funciones no solo de las entidades públicas sino privadas y comunitarias en las
diferentes fases (prevención, atención y recuperación con transformación).
Por ejemplo, sería importante que el
Consejo Nacional de Protección Civil se articule con el Ministerio del Medio
Ambiente, y a través de éste con la institucionalidad vigente establecida en el
país para llevar adelante los aspectos relacionados con el cambio climático,
tanto en los aspectos de mitigación como los de adaptación.
Un tema complejo y controvertido es la
preponderancia que se otorga a las
Fuerzas Armadas, - reconociendo su rol imprescindible en las catástrofes -,
pero muchas funciones que se asignan a
las FFAA deben ser responsabilidad de Ministerios sectoriales, con el apoyo de Organismos de la Sociedad Civil especializada,
como son Socorro Andino, Bomberos, Cruz Roja, y muchos otros. Es fundamental
que la Ley otorgue un reconocimiento explícito a estas instituciones en todos
los planes de Reducción de Riesgo de Desastres y en las estrategias operativas
de las emergencias.
En el proyecto se establece la Estrategia
Nacional de Protección Civil, pero no define con claridad quién deberá
encargarse de su elaboración. Se otorga al Consejo Nacional de Protección Civil
atribuciones para proponer la revisión de la Estrategia pero no para su
desarrollo. Se menciona al Ministerio del Interior pero únicamente como el
proponente. Al respecto sería importante que se establecieran Unidades de
Reducción del Riesgo de Desastres dentro de los Ministerios que participen en
el Consejo Nacional de Protección Civil.
Con respecto al Fondo Nacional de
Protección Civil, es fundamental que este sea establecido como un Fondo de
carácter plurianual, acumulativo y que se especifique cuál será el monto de
constitución. Debería también
establecerse con carácter obligatorio la inclusión en los presupuestos anuales
de cada Ministerio sectorial e instituciones relevantes del sector público,
partidas específicas para la Reducción de Riesgos y la Respuesta de Desastres.
Por otro lado sería importante que en la
declaratoria de Emergencia debiera definirse las funciones del Consejo en
cuanto a la preparación de las bases para la Declaratoria de Emergencia, previa
a la firma del Presidente. Y en relación a los Comités de Operaciones de Emergencia, se debe
clarificar el nivel territorial que tendrán, si estos deberán constituirse en
cada Región, Provincia o Comuna para evitar vaguedades.
Finalmente, respecto a la ayuda
internacional, es fundamental definir la coordinación la ayuda humanitaria de
solidaridad internacional. En este sentido lo óptimo sería que fuera la Agencia
Nacional de Protección Civil la responsable operativa en cuanto a la recepción
y manejo de la ayuda internacional en coordinación directa con el Ministerio de
Relaciones Exteriores. Asimismo, es necesario que se haga referencia a los
procedimientos internacionales de aduanas en caso de recibir ayuda
internacional.
“Proseguiremos la
labor basada en los compromisos y marcos internacionales pertinentes, así como
en los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, en particular los
que figuran en la Declaración del Milenio, para fortalecer las actividades
mundiales de reducción de los desastres en el siglo XXI. Los desastres tienen
efectos sumamente perjudiciales para las actividades que se realizan a todos
los niveles para erradicar la pobreza en el mundo; los efectos de los desastres
siguen siendo un notable desafío para el desarrollo sostenible”. Marco de
Acción de Hyogo.
Ronald
Wilson
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