miércoles, 4 de enero de 2023

 


                   DERECHOS HUMANOS, CONSTITUCIÓN Y DEMOCRACIA.

Sabía usted que la histórica comisión chilena de derechos humanos fundada por Jaime castillo Velasco en 1978, ha tenido la audacia de solicitar "al alto comisionado.... Remita esta denuncia al comité de derechos humanos de naciones unidas, órgano especializado encargado de supervigilar y monitorear el debido cumplimiento del pacto internacional de derechos civiles y políticos por parte de los estados partes, para que -en uso de sus atribuciones y competencia-, la tramite como denuncia o comunicación individual según el procedimiento

Establecido.". El argumento esgrimido es que el estado de chile, a través del parlamento y los partidos políticos con representación parlamentaria estarían vulnerando directamente los pactos internacionales de derechos civiles y políticos y de derechos económicos, sociales y culturales, al no especificar un mecanismo directo de elección ciudadana de las diferentes instancias acordadas democráticamente para este proceso constitucional: consejo constitucional, comité de expertos, incluido el plebiscito de ratificatorio., que es a través de elección universal, directa y obligatoria.

En que doctrina constitucional o de derechos humanos se obliga a los signatarios a los tratados internacionales a establecer modelos electorales de participación directa en procesos constitucionales. El llamado "acuerdo por chile" podrá tener limitaciones, pero es un mecanismo plenamente democrático, alcanzado en una discusión libre, informada, democrática por representantes legítimamente electos por la ciudadanía. Dónde está la supuesta violación a los derechos humanos para que la citada comisión tenga la osadía de presentar un escrito al alto comisionado de derechos humanos., porque el parlamento y los partidos políticos acordaron una estrategia democrática para lograr finalmente tener una nueva constitución en chile.

Los argumentos esgrimidos, con variadas citas del pacto de los derechos civiles y políticos y de los derechos económicos y sociales, no explican ninguna violación normativa o de principios, más bien parece una argumentación ideológica y política de los miembros de la actual comisión chilena de derechos humanos, que bastante pocos honores le hacen a su historia y a su fundador.

Se pueden utilizar mil estrategias políticas para imponer una idea determinada, pero me parece francamente inmoral utilizar principios universales como los derechos humanos para justificar una postura ideológica. La democracia tiene como base los derechos humanos, pero no manipula los derechos humanos.

RONALD WILSON

 

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